Ciudad Victoria, Tamaulipas.– El Congreso del Estado de Tamaulipas aprobó por unanimidad una reforma a la Ley del Notariado que, bajo el argumento de fortalecer la supervisión y proteger la seguridad jurídica, amplía las facultades del Ejecutivo estatal para intervenir de manera preventiva en el ejercicio de la función notarial.
La modificación incorpora los artículos 135 Ter y 135 Quáter, con los cuales se otorga al Secretario General de Gobierno la atribución de imponer medidas de seguridad provisionales durante inspecciones o investigaciones administrativas, cuando se detecten posibles riesgos a la fe pública, el orden público o los derechos de los usuarios.
Durante la presentación del dictamen, la diputada Ana Laura Huerta Valdovinos defendió la reforma al señalar que permitirá actuar de forma anticipada ante irregularidades, fortaleciendo los mecanismos de vigilancia sobre el servicio notarial.
Sin embargo, más allá del discurso de fortalecimiento institucional, la reforma introduce un elemento que no pasa desapercibido: la ampliación de la discrecionalidad administrativa en un ámbito históricamente sensible como lo es la fe pública.
Si bien el dictamen insiste en que se respetará el debido proceso y el derecho de audiencia, lo cierto es que la posibilidad de aplicar medidas preventivas —antes de una resolución definitiva— abre un margen de interpretación que dependerá, en gran medida, del criterio de la autoridad.
El argumento de fondo es legítimo: evitar abusos, malas prácticas o irregularidades en el ejercicio notarial. No obstante, el diseño de la reforma plantea una interrogante clave:
¿hasta dónde la supervisión se convierte en control?
En sistemas donde la función notarial tiene un peso determinante en la seguridad jurídica de la ciudadanía, cualquier intervención del Ejecutivo debe equilibrarse cuidadosamente para evitar presiones indebidas o el uso político de las herramientas administrativas.
En ese contexto, la diputada Mercedes del Carmen Guillén Vicente propuso una modificación para precisar que las medidas adoptadas se emitan “sin perjuicio de lo previsto en la Ley de Amparo”, lo que introduce un contrapeso jurídico que busca blindar a los afectados frente a posibles excesos.
La propuesta, respaldada por el diputado Gerardo Peña Flores y avalada por la Comisión de Estudios Legislativos, evidencia que incluso dentro del propio proceso legislativo existió la necesidad de acotar los alcances de la reforma.
El reto ahora no está en la letra de la ley, sino en su aplicación.
Porque aunque la reforma se presenta como un avance en materia de vigilancia, también concentra en una sola figura administrativa la capacidad de intervenir de manera inmediata en la actividad notarial.
Y ahí radica el verdadero punto de tensión:
cuando la prevención se vuelve herramienta, pero también potencial mecanismo de presión.
La reforma, en suma, busca fortalecer la confianza en el sistema notarial. Pero lo hará, paradójicamente, poniendo a prueba otro principio igual de relevante:
la confianza en el ejercicio del poder público.