Director: Eduardo Vizcarra Cruz

sábado 18 de abril de 2026

La diputada Lucero Deosdady Martínez López propone tipificar la “sumisión química” como delito en Tamaulipas.

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La diputada Lucero Deosdady Martínez López propone tipificar la “sumisión química” como delito en Tamaulipas. Sí, es un avance. Pero llega tarde… y podría quedarse corto.

Ciudad Victoria.— La diputada de Morena, Lucero Deosdady Martínez López, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de Tamaulipas, con el objetivo de tipificar la “sumisión química” como una modalidad de violencia sexual.

La propuesta plantea adicionar un Capítulo IV Bis al Título Décimo Sexto, relativo a los delitos contra la vida y la salud de las personas, a fin de sancionar a quien, sin consentimiento, administre o suministre sustancias que alteren la conciencia, la voluntad o el estado físico o mental de una persona.

De acuerdo con la iniciativa, esta conducta genera condiciones de vulnerabilidad que ponen en riesgo la salud de las víctimas y facilitan la comisión de otros delitos, sin que actualmente exista una regulación autónoma suficiente en la legislación estatal.

Asimismo, se contemplan agravantes en función de la peligrosidad del acto, las condiciones de la víctima y el contexto en el que se cometa, fortaleciendo la protección de la dignidad, la integridad y la libertad personal.

Entre las circunstancias que incrementarían la pena hasta en una mitad, destacan:

  • Cuando se utilicen sustancias psicoactivas, narcóticas, psicotrópicas o tóxicas.
  • Si la sustancia pone en riesgo la vida o la salud de la víctima.
  • Cuando la víctima sea menor de edad, mujer, persona adulta mayor o con discapacidad.
  • Si el hecho ocurre en transporte público, espacios públicos o eventos masivos.
  • Cuando se afecte a dos o más personas.
  • Si la conducta tiene como finalidad facilitar la comisión de otros delitos.
  • Cuando se realice en espacios cerrados o de acceso restringido.
  • Si existe o existió una relación de parentesco, pareja o vínculo afectivo entre víctima y agresor.

La iniciativa también establece que será equiparable a este delito simular la administración de sustancias para generar en la víctima la creencia de haber sido intoxicada, sancionándose con la misma pena.

Finalmente, se define como “sustancia” cualquier agente que produzca alteraciones en la conciencia, voluntad o estado físico o mental, y se reconoce que la conducta puede ejecutarse por diversas vías, incluyendo bebidas, alimentos, inyecciones u otros medios.

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